Medidas de descongestión procesos en trámite ante los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá
Mediante el Acuerdo No. PSAA11-7912 del 9 de marzo de 2011, la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura adoptó unas medidas de descongestión para los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá.
Los nuevos Juzgados Civiles Municipales de descongestión, son creados para adelantar el trámite y fallo de los procesos. Estos despachos judiciales (los creados para descongestión y los permanentes que adoptarán tareas de descongestión) estarán excluidos del reparto de tutelas, hábeas corpus y acciones constitucionales.
Adicionalmente, los despachos de descongestión contarán con igual competencia y facultades que los Juzgados objeto de descongestión para tomar todas las decisiones procesales pertinentes, hasta agotar la instancia, incluso conceder o negar los recursos a que haya lugar (Art. 13 del acuerdo).
Los trámites y fallos de procesos ejecutivos de competencia de los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá, serán asumidos por:
1. Juzgados 1 a 18 Civiles Municipales de descongestión de Bogotá.
2. Juzgados civiles municipales permanentes: 1, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 20, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 29, 30, 32, 35, 36, 37, 38, 39, 42, 43, 44, 45, 46, 48, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 64 y 72
El trámite y fallo de procesos que no sean ejecutivos, de competencia de los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá, serán asumidos por:
1. Juzgados 19 a 25 Civiles Municipales de descongestión de Bogotá.
2. Juzgados 3, 4, 18, 19, 21, 28, 31, 33, 34, 40, 41, 47, 56, 63, 65, 66, 67, 68, 69, 70 y 71 Civiles Municipales.
El artículo 2º del acuerdo, define los siguientes códigos de identificación de los juzgados de descongestión:
Medidas de descongestión para procesos sin trámite en Juzgados Civiles Municipales de Bogotá
El Acuerdo . PSAA11-7913 del 9 de marzo de 2011, estableció una serie de medidas para descongestionar los procesos sin trámite de los Juzgados Civiles Municipales del Distrito Judicial de Bogotá.
La primera de ellas, es la creación de cuatro (4) Juzgados Civiles Municipales de Descongestión en Bogotá:
1. Juzgado 37 Civil Municipal de Descongestión. Código de identificación: 110014003737
Recibirá procesos de los Juzgados del 1 al 17 Civiles Municipales de Bogotá
2. Juzgado 38 Civil Municipal de Descongestión. Código de identificación 110014003738
Recibirá procesos de los Juzgados 18 al 30 y el 35 Civiles Municipales de Bogotá
3. Juzgado 39 Civil Municipal de Descongestión. Código de identificación:110014003739
Recibirá procesos de los Juzgados 32, 33, 34, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50 y 51
4. Juzgado 40 Civil Municipal de Descongestión. Código de identificación 110014003740
Recibirá procesos recibidos de los Juzgados 31 y del 52 al 72 Civiles Municipales de Bogotá
Adicionalmente se crea una Oficina de Apoyo que estará a cargo de la atención al usuario y las actuaciones administrativas propias sobre los procesos que conozcan los cuatro juzgados de descongestión creados.
Estos juzgados tendrán como función atender los procesos sin trámite que sean remitidos por los Juzgados Civiles Municipales de Bogotá, ubicados en los centros de acopio de procesos sin trámite y finalizados, aplicando la figura de desistimiento tácito y todas las actuaciones propias del proceso incluidos autos de trámite, interlocutorios y sentencias.
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